Ten presente que antes del 12 de abril debes actualizar para aplicación en nómina los certificados requeridos para efectos de disminuir la retención en la fuente de pagos laborales. Este proceso se debe realizar a través de la herramienta emma, opción Novedades de Nómina, en la cual podrás cargar los documentos. Los certificados deben corresponder a los pagos por el año 2020 y reemplazan a los del 2019, los cuales no servirán a partir del 15 de abril.
¿Cómo ingreso?
- Accede a emma por la opción Gestión Humana
- Clic en Servicios disponibles para todos los colaboradores
- Clic en Novedades de Nómina
- Clic en la opción Actualización retención en la fuente.
- Selecciona los documentos respectivos y adjúntalos.
Allí podrás descargar el certificado de dependientes. Los certificados de intereses de préstamos de vivienda expedidos por la empresa, solo se aplicarán cuando el empleado solicite su aplicación, por lo que también debes ingresarlos.
Los certificados de retención en la fuente que deben actualizarse corresponden a los pagos por intereses en créditos de vivienda o contratos de leasing habitacional, los pagos por concepto de pólizas de salud o medicina prepagada del trabajador, su cónyuge, sus hijos y/o dependientes. Los valores máximos que se pueden aplicar por cada concepto mensualmente son los siguientes:
Concepto | Valor |
Tope mensual para salud | $ 581.000 |
Tope mensual intereses de vivienda o leasing hipotecario | $ 3.631.000 |
Deducción por dependientes | $ 1.162.000 |
Concurrente con los deducibles de pagos de salud e intereses de préstamo de vivienda o leasing habitacional, todos los colaboradores sujetos a retención tienen derecho a una deducción teórica mensual de hasta el 10% del total de los ingresos brutos provenientes de la relación laboral o legal y reglamentaria del respectivo mes por concepto de dependientes, hasta un máximo de 32 UVT mensuales ($1.162.000 para el año 2021).
La deducción por concepto de personas dependientes es adicional a la de pagos por concepto de salud. Esta deducción no podrá ser solicitada por más de un contribuyente en relación con un mismo dependiente, lo cual significa, implícitamente, que cada cónyuge podrá solicitar el deducible por otro de los dependientes, si los hubiere, distintos de aquel o aquellos por los cuales solicitó el beneficio el otro cónyuge. Para tener derecho a esta deducción debe diligenciarse el formato disponible en la plataforma.
De todas maneras teniendo los topes existentes para la aplicación de deducciones en el cálculo de la retención en la fuente, es importante que cada colaborador revise su situación particular teniendo en cuenta los aportes a AFC o pensiones voluntarias que realiza y los deducibles que aplica, dado que es posible que al realizar estos aportes no apliquen los certificados para deducción.
Recuerda que la suma de las rentas exentas y deducciones que sirven para disminuir la base de la retención en la fuente no podrán superar el 40% de los ingresos netos con un tope mensual de 420 UVT ($15.249.360 para el 2021). Las rentas exentas y deducciones a los cuales se les aplicará el límite mencionado son:
- Aportes a pensión voluntaria o cuentas AFC (sin exceder el 30% del ingreso del año o 3800UVT, $137.970.000 para el 2021).
- Certificados para deducción de retención en la fuente: Los mencionados en la parte superior: Pagos de salud, dependientes y pagos de intereses por préstamos de vivienda o leasing hipotecario, teniendo en cuenta los topes individuales.
- El 25% de renta exenta laboral (limitado a 240 UVT mensuales, $8.714.000 para el 2021).
Si tienes alguna duda sobre este tema te puedes comunicar a la extensión 68820 o poner un caso en emma.