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Reemplazo de certificados para deducción de la retención en la fuente


Reemplazo de certificados para deducción de la retención en la fuente

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2020-04-02 12:15:55
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Hasta el 15 de abril podrás diligenciar en emma los certificados requeridos para disminuir la retención en la fuente de pagos laborales, los cuales deben corresponder a los pagos de 2019, reemplazando los de 2018.

Debes ingresar a emma, opción Gestión Humana / Servicios disponibles para todos los colaboradores / Novedades de Nómina, eliges Actualización retención en la fuente y cargas los documentos respectivos. Los certificados de intereses de préstamos de vivienda expedidos por las empresas de Argos, solo se aplicarán si el colaborador solicita su aplicación, por lo que también debes ingresarlos. La declaración de dependientes la podrás descargar allí mismo.

Los certificados de retención en la fuente que deben actualizarse corresponden a los pagos por intereses en créditos de vivienda o contratos de leasing habitacional, los pagos por concepto de pólizas de salud o medicina prepagada del colaborador, su cónyuge, sus hijos y/o dependientes. Los valores máximos que se pueden aplicar por cada concepto mensualmente son los siguientes:

Concepto Valor
Tope mensual para salud $    570.000
Tope mensual intereses de vivienda o leasing hipotecario $ 3.561.000
Deducción por dependientes $ 1.139.000

 

Concurrente con los deducibles de pagos de salud e intereses de préstamo de vivienda o leasing habitacional, todos los colaboradores sujetos a retención tienen derecho a una deducción teórica mensual de hasta el 10% del total de los ingresos brutos provenientes de la relación laboral o legal y reglamentaria del respectivo mes por concepto de dependientes, hasta un máximo de treinta y dos (32) UVT mensuales ($1.139.000 para el año 2020).

La deducción por concepto de personas dependientes es adicional a la de pagos por concepto de salud. Esta deducción no podrá ser solicitada por más de un contribuyente en relación con un mismo dependiente, lo cual significa, implícitamente, que cada cónyuge podrá solicitar el deducible por otro de los dependientes, si los hubiere, distintos de aquel o aquellos por los cuales solicitó el beneficio el otro cónyuge. Para tener derecho a esta deducción debe diligenciarse el formato adjunto con el nombre e identificación del dependiente.

De todas maneras, teniendo los topes existentes para la aplicación de deducciones en el cálculo de la retención en la fuente, es importante que cada colaborador revise su situación particular teniendo en cuenta los aportes a AFC o pensiones voluntarias que realiza y los deducibles que aplica, dado que es posible que al realizar estos aportes no apliquen los certificados para deducción.

Recuerda que la suma de las rentas exentas y deducciones que sirven para disminuir la base de la retención en la fuente no podrán superar el 40% de los ingresos netos con un tope mensual de 420 UVT ($14.954.917 para el 2020). Las rentas exentas y deducciones a los cuales se les aplicará el límite mencionado son:

  • Aportes a pensión voluntaria o cuentas AFC (sin exceder el 30% del ingreso del año o 3800UVT, $ 135.307.000 para el 2020).
  • Certificados para deducción de retención en la fuente: Los mencionados en la parte superior: Pagos de salud, dependientes y pagos de intereses por préstamos de vivienda o leasing hipotecario, teniendo en cuenta los topes individuales.
  • El 25% de renta exenta laboral (limitado a 240 UVT mensuales, $ 8.546.000 para el 2020).

 

Descargar “Autorización del valor del certificado de intereses de vivienda en caso de ser compartido”

Descargar “Declaración de independientes”

Tags: Regional Colombia | Fecha de publicación: 2020-04-02 12:15:55
2 Comentarios

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Comunicaciones Argos
jueves, abril 23, 2020
Hola, Juana. Debes escribir tu pregunta a través de emma para que te orienten en el proceso y te confirmen si aún es posible realizar la gestión. Feliz tarde.
jueves, abril 23, 2020
Hola, acabo de regresar de vacaciones y apenas vi la publicación. Hice el procedimiento hoy, pero decía que el plazo era hasta el 15 de abril. Tendré algún inconveniente con esto? Agradezco la respuesta.